Don Mariano Fernández Bermejo, a la sazón ministro de justicia de España, ha afirmado, con más razón que un santo, que "cuando en un sistema democrático alguien cumple la pena que le impuso un tribunal lo que tiene que hacer es salir" y va y le llueven críticas. Aclaro que estas críticas se derivan del pequeño detalle que se está hablando de un violador que no está rehabilitado y que me temo estará deseando salir del talego para volver a las andadas.
Me parece que, especialmente desde la derecha, el despiste es monumental. El aserto del ínclito ministro es una obviedad. Me recuerda a la discusión sobre la liberación del etarra De Juana Chaos en la que al PP le ganaban dialécticamente por goleada y era un tema, al igual que este, donde el sentido común va en contra de lo que la realidad jurídica indica.
¿Cuál es el problema pues? ¿Porqué el sentido común parece contradecir a la ley jurídica?. La respuesta está – no en el viento – en la pregunta. Porque está mal la ley.
Dejémonos de zarandajas el problema es que el código penal español tiene una penas muy pequeñas porque se sustenta en un principio constitucional que es la reinserción, el cual es muy discutible. La primera razón de las penas tiene que ser la sed de justicia de una sociedad y el resarcimiento, si es posible, de la víctima. Por eso el código penal ha sido y es, eso, penal; es decir, punitivo. Lo primero es el castigo y luego, si el condenado muestra arrepentimiento, se puede tratar la reinserción pero como un añadido, muy loable, pero añadido. Es por ello que si no cambiamos este espíritu constitucional relativo a la justicia y como consecuencia de ello se aplican penas proporcionales a los delitos que incluyan entre otras, por supuesto, la cadena perpetua estaremos siempre en este dilema en el que la ley jurídica contradice al sentido común y cuando esto se mantiene en el tiempo la gente deja de creer en la justicia, en el sistema y pasa lo que pasa.
Por supuesto que esto no quiere decir que la ley no tenga resquicios para la misericordia, tales como conmutaciones o incluso condonaciones, pero solo para los que hayan demostrado muestras de un verdadero arrepentimiento y no hay mejor herramienta que ayude al arrepentimiento como un buen castigo. Sobre este particular estoy persuadido de que un gran porcentaje de los condenados a la pena capital están en el cielo ya que tuvieron una gran oportunidad de atrición.
Volviendo al caso que nos ocupa es más que significativo enfatizar que este hombre fue acusado de violar a 16 mujeres - conviene aclarar que 16 es el número de los casos que se han podido demostrar -, motivo por el cual tuvo una sentencia de 310 años. Teniendo en cuenta que el código penal limita a 30 el número máximo de años que uno permanece en prisión en España y que, para más inri, los beneficios penitenciarios, o sea, los años de descuento sobre la pena se contabilizan a partir de esos 30 en vez de desde la condena, el tipejo este ya ha cumplido su condena; sí, cumplido, y va a ser libre. Total, 16 de cárcel por 16 violaciones: a año por violación. ¡Ah!, las razones para la espléndida rebaja de 14 años de cárcel son el haber aprendido yoga y defensa personal – ¡que se preparen las mujeres con las que se encuentre este desalmado a partir de ahora! -. Por cierto, de su intención a reincidir no se si será un juicio de valor o si el hecho de que durante sus fines de semana de tercer grado – para la gente de fuera de España les aclararé que aquí los delincuentes, incluso lo más peligros, tiene a partir de cierto momento fines de semana de vacaciones – cometiera varias de sus violaciones represente algún indicio de peso.
El problema no es que el juez interprete no se de qué manera la ley, ni que busquemos ridículos delitos nuevos, ni otras pintorescas salidas para prolongar la estancia en prisión de este y otros maleantes. No nos perdamos por las ramas y vayamos al fondo: hay que cambiar la ley. Pero a esto no están los políticos.
Y aclaro que a mí la reinserción me parece fenomenal y muy acertada pero no para la parcela de justicia porque si no desdibujamos una de las funciones básicas del Estado que es la de garantizar la seguridad de los ciudadanos y el monopolio de la justicia (para evitar las venganzas personales). Una idea podría ser la creación de un cuarto poder que tuviera como razón de ser el arreglar los corazones de la gente, el convertir a los malvados en buenas personas y a los delincuentes en honrados ciudadanos. Algo así como un mesías laico, una evangelización pública y una Iglesia secular.
Me parece que, especialmente desde la derecha, el despiste es monumental. El aserto del ínclito ministro es una obviedad. Me recuerda a la discusión sobre la liberación del etarra De Juana Chaos en la que al PP le ganaban dialécticamente por goleada y era un tema, al igual que este, donde el sentido común va en contra de lo que la realidad jurídica indica.
¿Cuál es el problema pues? ¿Porqué el sentido común parece contradecir a la ley jurídica?. La respuesta está – no en el viento – en la pregunta. Porque está mal la ley.
Dejémonos de zarandajas el problema es que el código penal español tiene una penas muy pequeñas porque se sustenta en un principio constitucional que es la reinserción, el cual es muy discutible. La primera razón de las penas tiene que ser la sed de justicia de una sociedad y el resarcimiento, si es posible, de la víctima. Por eso el código penal ha sido y es, eso, penal; es decir, punitivo. Lo primero es el castigo y luego, si el condenado muestra arrepentimiento, se puede tratar la reinserción pero como un añadido, muy loable, pero añadido. Es por ello que si no cambiamos este espíritu constitucional relativo a la justicia y como consecuencia de ello se aplican penas proporcionales a los delitos que incluyan entre otras, por supuesto, la cadena perpetua estaremos siempre en este dilema en el que la ley jurídica contradice al sentido común y cuando esto se mantiene en el tiempo la gente deja de creer en la justicia, en el sistema y pasa lo que pasa.
Por supuesto que esto no quiere decir que la ley no tenga resquicios para la misericordia, tales como conmutaciones o incluso condonaciones, pero solo para los que hayan demostrado muestras de un verdadero arrepentimiento y no hay mejor herramienta que ayude al arrepentimiento como un buen castigo. Sobre este particular estoy persuadido de que un gran porcentaje de los condenados a la pena capital están en el cielo ya que tuvieron una gran oportunidad de atrición.
Volviendo al caso que nos ocupa es más que significativo enfatizar que este hombre fue acusado de violar a 16 mujeres - conviene aclarar que 16 es el número de los casos que se han podido demostrar -, motivo por el cual tuvo una sentencia de 310 años. Teniendo en cuenta que el código penal limita a 30 el número máximo de años que uno permanece en prisión en España y que, para más inri, los beneficios penitenciarios, o sea, los años de descuento sobre la pena se contabilizan a partir de esos 30 en vez de desde la condena, el tipejo este ya ha cumplido su condena; sí, cumplido, y va a ser libre. Total, 16 de cárcel por 16 violaciones: a año por violación. ¡Ah!, las razones para la espléndida rebaja de 14 años de cárcel son el haber aprendido yoga y defensa personal – ¡que se preparen las mujeres con las que se encuentre este desalmado a partir de ahora! -. Por cierto, de su intención a reincidir no se si será un juicio de valor o si el hecho de que durante sus fines de semana de tercer grado – para la gente de fuera de España les aclararé que aquí los delincuentes, incluso lo más peligros, tiene a partir de cierto momento fines de semana de vacaciones – cometiera varias de sus violaciones represente algún indicio de peso.
El problema no es que el juez interprete no se de qué manera la ley, ni que busquemos ridículos delitos nuevos, ni otras pintorescas salidas para prolongar la estancia en prisión de este y otros maleantes. No nos perdamos por las ramas y vayamos al fondo: hay que cambiar la ley. Pero a esto no están los políticos.
Y aclaro que a mí la reinserción me parece fenomenal y muy acertada pero no para la parcela de justicia porque si no desdibujamos una de las funciones básicas del Estado que es la de garantizar la seguridad de los ciudadanos y el monopolio de la justicia (para evitar las venganzas personales). Una idea podría ser la creación de un cuarto poder que tuviera como razón de ser el arreglar los corazones de la gente, el convertir a los malvados en buenas personas y a los delincuentes en honrados ciudadanos. Algo así como un mesías laico, una evangelización pública y una Iglesia secular.

