viernes, 21 de septiembre de 2007

El ministro de justicia español Bermejo tiene razón

Don Mariano Fernández Bermejo, a la sazón ministro de justicia de España, ha afirmado, con más razón que un santo, que "cuando en un sistema democrático alguien cumple la pena que le impuso un tribunal lo que tiene que hacer es salir" y va y le llueven críticas. Aclaro que estas críticas se derivan del pequeño detalle que se está hablando de un violador que no está rehabilitado y que me temo estará deseando salir del talego para volver a las andadas.

Me parece que, especialmente desde la derecha, el despiste es monumental. El aserto del ínclito ministro es una obviedad. Me recuerda a la discusión sobre la liberación del etarra De Juana Chaos en la que al PP le ganaban dialécticamente por goleada y era un tema, al igual que este, donde el sentido común va en contra de lo que la realidad jurídica indica.

¿Cuál es el problema pues? ¿Porqué el sentido común parece contradecir a la ley jurídica?. La respuesta está – no en el viento – en la pregunta. Porque está mal la ley.

Dejémonos de zarandajas el problema es que el código penal español tiene una penas muy pequeñas porque se sustenta en un principio constitucional que es la reinserción, el cual es muy discutible. La primera razón de las penas tiene que ser la sed de justicia de una sociedad y el resarcimiento, si es posible, de la víctima. Por eso el código penal ha sido y es, eso, penal; es decir, punitivo. Lo primero es el castigo y luego, si el condenado muestra arrepentimiento, se puede tratar la reinserción pero como un añadido, muy loable, pero añadido. Es por ello que si no cambiamos este espíritu constitucional relativo a la justicia y como consecuencia de ello se aplican penas proporcionales a los delitos que incluyan entre otras, por supuesto, la cadena perpetua estaremos siempre en este dilema en el que la ley jurídica contradice al sentido común y cuando esto se mantiene en el tiempo la gente deja de creer en la justicia, en el sistema y pasa lo que pasa.

Por supuesto que esto no quiere decir que la ley no tenga resquicios para la misericordia, tales como conmutaciones o incluso condonaciones, pero solo para los que hayan demostrado muestras de un verdadero arrepentimiento y no hay mejor herramienta que ayude al arrepentimiento como un buen castigo. Sobre este particular estoy persuadido de que un gran porcentaje de los condenados a la pena capital están en el cielo ya que tuvieron una gran oportunidad de atrición.

Volviendo al caso que nos ocupa es más que significativo enfatizar que este hombre fue acusado de violar a 16 mujeres - conviene aclarar que 16 es el número de los casos que se han podido demostrar -, motivo por el cual tuvo una sentencia de 310 años. Teniendo en cuenta que el código penal limita a 30 el número máximo de años que uno permanece en prisión en España y que, para más inri, los beneficios penitenciarios, o sea, los años de descuento sobre la pena se contabilizan a partir de esos 30 en vez de desde la condena, el tipejo este ya ha cumplido su condena; sí, cumplido, y va a ser libre. Total, 16 de cárcel por 16 violaciones: a año por violación. ¡Ah!, las razones para la espléndida rebaja de 14 años de cárcel son el haber aprendido yoga y defensa personal – ¡que se preparen las mujeres con las que se encuentre este desalmado a partir de ahora! -. Por cierto, de su intención a reincidir no se si será un juicio de valor o si el hecho de que durante sus fines de semana de tercer grado – para la gente de fuera de España les aclararé que aquí los delincuentes, incluso lo más peligros, tiene a partir de cierto momento fines de semana de vacaciones – cometiera varias de sus violaciones represente algún indicio de peso.

El problema no es que el juez interprete no se de qué manera la ley, ni que busquemos ridículos delitos nuevos, ni otras pintorescas salidas para prolongar la estancia en prisión de este y otros maleantes. No nos perdamos por las ramas y vayamos al fondo: hay que cambiar la ley. Pero a esto no están los políticos.

Y aclaro que a mí la reinserción me parece fenomenal y muy acertada pero no para la parcela de justicia porque si no desdibujamos una de las funciones básicas del Estado que es la de garantizar la seguridad de los ciudadanos y el monopolio de la justicia (para evitar las venganzas personales). Una idea podría ser la creación de un cuarto poder que tuviera como razón de ser el arreglar los corazones de la gente, el convertir a los malvados en buenas personas y a los delincuentes en honrados ciudadanos. Algo así como un mesías laico, una evangelización pública y una Iglesia secular.

9 comentarios:

Anónimo dijo...

Permíteme que discrepe contigo tremendamente en este asunto.

Creo que precisamente como cristianos y como católicos tenemos que ser muy fieles al espíritu de una ley: la de Dios, y esa es amar a nuestro prójimo como a nosotros mismos. El problema de buscar justicia empieza tal y como tu dices, y termina con el ojo por ojo, diente por diente, e incluso vida por vida.
Cada persona es hija de Dios, y merece una dignidad, y sobretodo recibir el amor de Dios de nuestra parte, ya que la mayoría no se lo darán.
Otro caso diferente es el que nos ocupa, con una gran probabilidad de que reincida, y aunque se deben arbitrar los medios para que esto no ocurra hay que darle un voto de confianza a esta persona (a la que deberíamos ver como hijo de Dios y por tanto nuestro hermano aunque nos cueste y no nos guste).

Por favor, seamos muy cautos en nuestras opiniones.

Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...

Voy a dar "pistas" al Sr. Ministro
de Justicia,para que vaya empezando
a investigar y cesando fulminanteme
nte a algùn indeseable colado en el
"nuevo" CGPJ: 1º)Empiece por ver lo
ocurrido en el Juzgado I. nº 48 de
Madrid.Juicio de Faltas 1069/2004,
al que no se cita a la ciudadana denunciante-perjudicada en un acci-
dente de Tràfico. 2º)Continue con
el A U T O de 5 de noviembre-2004,
que mantuvieron OCULTO mientras pu-
dieron,NO LO NOTIFICARON. 3º)Puede
continuar,con el presunto encubri-
miento de actos delictivos,de la
Consejeria de Justicia e Interior
de la Comunidad de Madrid. 4º)Con-
tinue con el Presunto Encubrimiento
del Sr. Secretario General del CGPJ
en escrito de 16 de Enero de 2009.
En todo ello,verà el objetivo de
la huelga judicial:
INTENTO DE CONTINUAR CON LA ABSOLU-
TA IMPUNIDAD DE JUECES Y OTROS.

Anónimo dijo...

El Juzgado I.nº48(Madrid)dicta un
AUTO de 5 noviembre-2004,por un
"supuesto" Juicio Faltas 1069/2004.
1º)No cita a dicho"supuesto" Juicio
a la ciudadana que resultò herida
con politraumatismos,por haberse
saltado un Semàforo en Rojo,un "irresponsable" un sàbado a las 4
de la madrugada,sin que se hubiera
practicado la prueba de alcoholemia
2º)Dicta un AUTO de 5 noviembre2004
en el que dice "procede decretar el
archivo de la presente causa,por no
ser los hechos denunciados constitu
tivos de infracciòn penal"
3º)A pesar de que el forense dice
que la ciudadana INDEFENSA,"tardò
45 dias en curarse" NO SE LA INDEM-
NIZA,ni con un solo cèntimo. Con
ello,obviamente,se beneficia a la
Compañia de Seguros del conductor
infractor.
4º)La ciudadana pidiò abogado de
oficio,para acudir al Tribunal Cons
titucional y formular querella con-
tra el Juez Baltasar Fernàndez Viù-
dez por presunta prevaricaciòn.
5º)A pesar de que la Comisiòn C. de
Asistencia Jurìdica Gratuita,recono
ciò el derecho a asistencia de Abo-
gado de oficio, dicha ciudadana
PERMANECE SIN ABOGADO,y sin poder
efectuar los recursos previstos en
la Ley.Se vulnera la Constituciòn E
y la Declaraciòn Universal de Dere-
chos Humanos.
6º)Denunciada la actuaciòn presun-
tamente delictiva (falsedad docu-
mental e incumplimiento de la Ley
de Seguridad Vial)la Consejeria de
Justicia e Interior de la Comunidad
de Madrid NO CONTESTA.
7º)El Secretario General del CGPJ
dice que "NO se aprecia en las
actuaciones judiciales ningun indi-
cio de corrupciòn,ni anomalia o
situaciòn de indefensiòn".
¿Queda claro lo que necesita la
justicia? ¿Queda claro lo que sobra
en la justicia?. Adelante Sr.Minis-
tro...

Anónimo dijo...

Se me olvidaba decir,que la Policia
Local de Madrid,ademàs de no reali-
zar la prueba de la alcoholemia a
un "irresponsable" que se saltò un semáforo en Rojo,a las 4 de la ma-
foro en Rojo,a las 4 la madrugada
de un Sàbado,actuò de la siguiente
forma:
1º)Cambia de un plumazo la naciona-
lidad española(Madrid)de la ciudada
na,por la de la Repùblica Centroa-
fricana. ¿Motivo por el que se su-
cedieron luego los presuntos actos
mafiosos?
2º)Siendo que incluso el Jefe de
Asuntos Internos de dicha Policia
Local afirma que NO SE HA REALIZADO
LA PRUEBA DE LA ALCOHOLEMIA,resulta
que dicha Policia Local,envia un
atestado al Juzgado I.nº 48 Madrid,
en el que indican que "Realizada la
prueba de la alcoholemia el resul-
tado es 0(cero)". Obviamente,se
produce una presunta FALSEDAD EN
DOCUMENTO PÙBLICO,e INCUMPLIMIENTO
DE LA LEY DE SEGURIDAD VIAL.
Como queda dicho,de todo èsto
tiene conocimiento por escrito de
fecha 16 de Octubre de 2007,el Sr.
Consejero de Justicia e Interior de
la Comunidad de Madrid quien pre-
fiere "mirar para otro lado" y...
NO CONTESTAR. ¿corrupciòn?.
El 24 de Junio de 2008 se denun-
ciaron los hechos en la Comisaria
de Policia de Guadalajara, y....
TAMPOCO SE HA OBTENIDO RESPUESTA.
Visto lo cual,comprobamos que en
este Estado de Derecho que padece-
mos los españoles, "todo sigue ata-
do y bien atado"(tal como afirmaba
aquel al que llaman dictador Franco
y la IMPUNIDAD JUDICIAL manifiesta.

Anónimo dijo...

Esperamos que la censura no haga que
algùn administrador de Blog,elimine
de los comentarios,estas REALIDADES,
facilmente demostrables documental-
mente. Esperamos que algùn internau-
ta resulte ser de la Comisiòn de
Justicia del Congreso y se decida a
investigar los hechos y depurar las
responsabilidades. ¿Visitarà este
Blog, el Sr. Ministro de Justicia?.
Lo que se relata,no es "comentario-
opiniòn"...¡¡ SON HECHOS REALES ¡¡
y los culpables siguen en sus pues-
tos IMPUNEMENTE.

Anónimo dijo...

Entre los componentes del nuevo CGPJ
hay una Vocal,que se llama Espejel,
que entre sus "mèritos" tiene los
siguientes:
1º)Entregar una Resoluciòn Judicial
por el mètodo,(por ella reconocido
incluso ante el Tribunal Superior d
Justicia de Castilla La Mancha) de
"apoyar la Resoluciòn(3folios)en
columna vertical metàlica que està
en la Calle Beladiez y posteriormen
te enviar a una funcionaria de la
Audiencia Provincial de Guadalajara
para que recogiera del SUELO,la
misma Resoluciòn".
2º)Tambièn està entre sus "mèritos"
la de decir en esa misma Resoluciòn
que archiva una denuncia,pòrque
"entrando en el Fondo del Asunto,
su mujer le enviò,nada menos que dos Actas Notariales,solicitando
indicara en que turno de vacaciones
queria ver a sus hijos el denuncian
te". RESULTA QUE LA DENUNCIA POR
INCUMPLIMIENTO DE RÈGIMEN DE VISITA
SE FORMULÒ EN EL AÑO 2000...y la
Magistrada, "entra en el fondo del
asunto" sin enterarse,que las actas
que tenìa delante de sus narices,
son del año 1.990,osea, DE DIEZ AÑOS ANTES DE FORMULARSE LA DENUN-
CIA.
3º)Otro de los "mèritos" resulta
ser un "ejemplo" de soberbia judi-
cial: A)El ciudadano se persona en
la Audiencia,para recoger la Reso-
luciòn que el dia anterior,los
funcionarios de la Audiencia habian
"entregado" por el mètodo de tirar
al suelo. B)Le entregan una Resolu-
ciòn,la cual,nada mas leer su enca-
bezamiento,resultaba evidente que
NO CORRESPONDIA AL CIUDADANO.
C)El ciudadano advierte a la Magis-
trada del error,pero èsta por su
soberbia,no accede a leerse siquie-
ra el encabezamiento de la Resolu-
ciòn, y prefiere AMENAZAR AL CIUDA-
DANO CON AVISAR A LA FUERZA PÙBLICA
SINO RECOGE LA RESOLUCIÒN QUE NO LE
ATAÑE. El ciudadano anima a la Ma-
gistrada a que proceda a avisar a
la Fuerza Pùblica,ello,para que
hubiera màs testigos del error ju-
dicial y de la soberbia de la Ma-
gistrada.Esto hizo reflexionar a
la Magistrada,quien literalmente
arrancò de las manos del ciudadano
la Resoluciòn erronea y visto el
error,procediò a entregar la que
correspondia...ello sin pedir nin-
guna disculpa.
Si el Sr. Secretario General
del CGPJ,dice que "no hay ningùn
indicio de anomalia" en lo ocurrido
en el Juzgado nº 48 de Madrid,...
y la Sra. Espejel actua como queda
relatado...podemos adivinar lo que
podemos esperar del "nuevo" CGPJ.
...Y la Sra. Vicepresidenta del
Gobierno dice que hay que esperar
¿no tiene suficientes evidencias?
¿quiere màs?...tambien las tenemos
ponganse en contacto con la Asocia-
ciòn Nacional de Afectados por
Errores y Abusos Judiciales, y
cìtenlos para una reuniòn en la
Comisiòn de Justicia del Congreso,
eso si...sin tapones en los oidos.

Anónimo dijo...

¿De que color es el caballo blanco
de Santiago?.¿Donde està el Juzgado
I. nº 2 de GUADALAJARA-Castilla La
Mancha-España?...
Resulta que el Defensor del Pueblo
de Castilla La Mancha responde cuan
un ciudadano denuncia presuntos ac-
tos delictivos cometidos en el Juz-
gado de Instrucciòn nº 2 de GUADALAJARA:
Escrito de 2 de Octubre de 2008:
"Entendemos que la cuestiòn que
nos ha planteado NO SE REFIERE al funcionamiento de la Administraciòn
de Justicia en Castilla La Mancha,
sinò que se refiere a todo el Esta-
do,ya que la documentaciòn de las
actuaciones judiciales no puede ser
distinta en las diferentes Comunida
des Autònomas".
Escrito de 21 de Mayo de 2007:
"En cuanto a nuestra intervenciòn
respecto de la Administraciòn de
Justicia,el artìculo 15 de la Ley
16/2001 dice: cuando se reciban
quejas relativas al funcionamiento
de la Administraciòn de Justicia en
Castilla-La Mancha,deberà dirigirla
al Ministerio Fiscal o al Consejo
General del Poder Judicial,sin per-
juicio de hacer referencia expresa
en el informe General que deberà
elevar a las Cortes de Castilla-La
Mancha".
Pues bien,a pesar de estar claro
en el artìculo 15 de la Ley 16/2001
(reguladora de la Instituciòn del
Defensor de Castilla-La Mancha)lo
que DEBE HACER dicha Instituciòn,
EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO CUMPLE:
a)Con lo que dice ser "su modo de
proceder habitualmente".
b)Tampoco cumple lo que la Ley dice
que DEBE HACER.
Quisiera pues,visto lo anterior,
preguntar a algùn niño que curse la
ESO,y me responda si Guadalajara
sigue estando en Castilla-La Mancha
Tambien quisiera que alguien me
dijera,si los Defensores del Pueblo
pueden incumplir incluso su propia
Ley, de forma IMPUNE. El Juzgado
Decano de Guadalajara,archivò la
denuncia diciendo que no tiene
competencias...y yo que creia que los delitos eran perseguibles
"de oficio" ...
A un ciudadano le pueden caer de
2 a 4 años de carcel por robar una
pizza con empujòn. Si es alguien
que està bien relacionado,como
Julian Muñòz... mas claro...¡agua¡
...Por cierto,sigo diciendo que
GUADALAJARA, "no sòooolo està en Jaliscooooo" ...Por si alguno de
la ESO todavia no lo sabe.

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